El espejo del Centenario. Ciudadanía, nación y fronteras entre lo público y lo privado (1910-1930)

Autor: 
Caetano, Gerardo

El rito del voto secreto: la "intimización" de la acción política.

Y sin embargo, en medio de esa primacía tan neta de lo público como rasgo constitutivo de la política uruguaya, el símbolo más representativo de la democracia nacional ya por entonces comenzaba a asociarse con la reiteración ritual de un acto "privado" e "íntimo" del ciudadano: la solemne emisión del voto en el "cuarto secreto". Este último, además, corporizaba de una manera particularísima esas intersecciones de lo público y lo privado que son propias del funcionamiento de la vida democrática.

En efecto, las décadas del Centenario fueron escenario de una verdadera explosión electoral, que en apenas un cuarto de siglo multiplicó casi por siete el electorado. De ese modo, aventadas de manera progresiva las razones que en el pasado habían quitado legitimidad ciudadana a las elecciones, el arbitraje electoral pudo en estos años consolidar su prestigio entre la población como el gran instrumento político para dirimir los pleitos fundamentales. De un cuerpo electoral de menos de 50.000 personas, más o menos manipulable y previsible en sus comportamientos, en particular con el agregado del voto público70, se saltó en poco tiempo a un electorado superior a los 300.000 ciudadanos, enfrentados además a una oferta partidaria crecientemente heterogénea y competitiva. Durante la década de los 20 el porcentaje de votantes dentro del total de habilitados para sufragar alcanzó, en comicios sin obligatoriedad del voto, un promedio cercano al 80%, cifra que no hacía más que confirmar con particular rotundidad el elevadísimo grado de participación electoral obtenido. Se trataba sin duda de guarismos muy altos para cualquier época y para cualquier país, pero que adquirían un destaque especial si se toma en cuenta el momento histórico en el que se producían.

En el contexto de esa tan explosiva electoralización de la política uruguaya, el gran "espejo público" paradójicamente se identificó con el acto del "voto secreto". Como es sabido, la implantación del mismo no estuvo exenta de fuertes polémicas. Luego de la derrota electoral de 1916 -primera elección en la que se aplicó ese régimen de garantías- y ante una propuesta del legislador nacionalista Duvimioso Terra para extender esa práctica a los comicios siguientes, la bancada oficialista casi en pleno emitió una declaración pública contraria a la implantación del "voto secreto". Con respecto al tema que nos ocupa, resultan particularmente interesantes algunas de las argumentaciones esgrimidas en dicha declaración: "... el secreto ha sido violado por múltiples precedimientos que escapan a cualquier reglamentación. Y en este caso resulta que tal régimen favorece más bien a la coacción disimulada y la corrupción (...). (El) facilita la traición, para satisfacer mezquinos intereses o pasiones privadas, a los ideales públicamente sustentados y estimula las actitudes cobardes de no afrontar con lealtad y con franqueza las propias convicciones. (...) (Solo) favorece a los tímidos y a los indecisos ..."71

Más allá de que la causa fundamental de la declaración era más política que doctrinaria y que el batllismo terminó acordando en el pacto de reforma constitucional la adopción de esta y de otras garantías electorales72, en la fundamentación presentada se barruntaba el contraste entre una explícita reivindicación ética de "lo público" frente a una percepción de "lo privado" signada por cierto recelo moral. Sin embargo, como pronto lo testimoniarían muchos de los firmantes de la declaración, era aquella una batalla perdida desde el comienzo, que contrariaba además las señales institucionales y cívicas que habían emanado del pronunciamiento popular en los comicios de julio de 1916. El "voto secreto" parecía hecho a la medida de aquella sociedad de matriz tan profundamente liberal, proclive a una vivencia individualista de la política y recelosa -por experiencia adquirida- de las consecuencias en el plano individual de las luchas partidarias y de los efectos de la influencia "directriz" o "moral" de los gobiernos.

En la solemne inauguración de las sesiones ordinarias de la Convención Constituyente en noviembre de 1916, le tocó a Washington Beltrán hablar en representación de los constituyentes nacionalistas. No fue casual entonces que buena parte de su alocución se centrara precisamente en la exaltación del "voto secreto", replicando "el argumento falaz de que (el mismo) degrada la raza y envilece a los hombres" y asegurando que su "ensayo (...) en las elecciones del 30 de julio" era lo que había permitido como "nunca antes" que el pueblo uruguayo se sintiera "tan puro, tan altivo, tan dueño y señor de su voluntad y de sus destinos".73

¿Qué quería decir convertir en "secreto", en "privado" el máximo acto de participación política en una democracia representativa? Además de garantías para el establecimiento más pleno de la libertad ciudadana, ¿no había también en ese hecho una confirmación del valor de lo "secreto", casi una justificación política -"pública"- del "secreto" como un vehículo también cabal para la defensa de las convicciones, en este caso cívicas? El rápido arraigo de esta "intimización" de la conducta política permitió destacar de paso la existencia de dimensiones intransferiblemente personales en la acción ciudadana, a la vez contracara y sustento fundamental de aquella "ágora" tan signada por la "omnipresencia" de "lo público". La significación democrática de los comicios del 30 de julio de 1916, más allá de la relevancia de sus resultados, tuvo mucho que ver con el legado institucional derivado de la implantación originaria de ese régimen, que rápidamente adquirió un prestigio singular, en especial a partir de la vigencia de la segunda Constitución en marzo de 1919 y de su impacto en el camino de la expansión de los ideales de la democracia pluralista entre los uruguayos.

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